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COBERTURAS DE HOSPEDAJE

La obra social reconoce gastos de hospedaje cuando por razones de salud fundadas el beneficiario deba trasladarse para recibir prestaciones médicas fuera de su lugar de residencia.

Para la autorización de la cobertura, la obra social realizará una evaluación de auditoria médica y un informe socio económico. Para acceder a esta cobertura es necesario contar con aporte a Servicio Complementario.

En términos generales, se reconocerá habitación simple para el paciente en caso de tratamiento ambulatorio o para un acompañante, cuando el paciente esté internado. También excepcionalmente, podrá solicitarse el reconocimiento de habitación doble o triple a pacientes ambulatorios con acompañante, cuando la patología del afiliado así lo requiera.

Para cada caso, la obra social posee montos máximos de cobertura y el reconocimiento puede realizarse de manera on line en hoteles prestadores de Iapos, o por reintegro.

La obra social posee montos máximos de cobertura y el reconocimiento puede realizarse de manera on line en hoteles prestadores de Iapos o por reintegro.

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN Y HOTELES PRESTADORES

A continuación se detallan los hoteles con los que la obra social posee convenio actualmente:

Santa Fe

  • Hotel Suipacha – Domicilio: Suipacha 2375. Teléfono: 0342 4521135
  • Hotel Conquistador – Domicilio: 25 de Mayo 2676. Teléfono: 0342 4558310

Rosario

  • Hotel Puerto Bandera – Domicilio: Buenos Aires 1020. Teléfono 0341 4406446 / 0341 4400930. Whatsapp 0341 – 3856881

    Destinatario/s:

    Afiliados al IAPOS

    ¿Qué necesito para realizarlo?

    Deberá presentar en el hotel:

    • Credencial del afiliado Titular y/o del Beneficiario.
    • Último recibo del sueldo del Titular.
    • Indicación médica que explicite las razones que demanda pernoctar en un lugar diferente al de su residencia habitual y de ser necesario respecto de la necesidad de acompañante conforme la patología.
    • Bonos asistenciales requeridos (por cada día de estadía) según tipo de habitación.
    • En el caso de recibir tratamientos en Ciudad Autónoma de Buenos Aires se deberá presentar fotocopia de la derivación otorgada por la Obra Social.
    • La reserva se deberá realizar con anticipación y de manera telefónica directamente con el hotel prestador del IAPOS.

    ¿Cuánto cuesta?

    Gratuito

    ¿Dónde se realiza?

    En forma on line en los hoteles prestadores de IAPOS mencionados anteriormente.

    SOLICITUD DE REINTEGRO DE GASTOS DE HOTELERÍA

    IAPOS reintegrará el gasto de hospedaje, hasta un tope máximo establecido por la obra social, para los afiliados que por su patología deban trasladarse fuera de su lugar de residencia para recibir prestaciones médicas en el caso de que no utilicen los hoteles prestadores de la obra social.

    La autorización por parte de la obra social de este tipo de beneficios quedará sujeta a evaluación de auditoría médica e informe socio económico.

    Para realizarlo deberá presentar en IAPOS:

    • Solicitud de Reintegro de Hotelería con firma del Médico o Sanatorio donde conste el período de Atención Médica. Cuando excepcionalmente no fuese cumplimentado, pero de la documentación presentada no existan dudas de la cantidad de días, se obviará este requisito.
    • Certificación médica que justifique los días de alojamiento (en ambulatorio).
    • Historia Clínica (en internación).
    • Factura B o C donde se especifique que son gastos realizados por alojamiento, cantidad de días, si corresponde habitación simple, doble o triple, según corresponda. (se debe adjuntar el PDF de la factura original)
    • Recibo de Sueldo de Titular con el aporte correcto.
    • Constancia de CBU del titular.
    • Cuando el tratamiento sea fuera de la provincia, se deberá presentar sin excepción la derivación de la Obra Social. 

    ¿Dónde se realiza?

    INICIAR GESTIÓN VIRTUAL

       Solicitud de rentegro

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